Derechos para pasajeros con discapacidad o movilidad reducida en vuelos: Lo que las aerolíneas deben garantizar
En España, más de 4,38 millones de personas viven con alguna discapacidad, y aunque la legislación les asegura los mismos derechos que a cualquier ciudadano, más de 500,000 personas enfrentan limitaciones al viajar, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Estos pasajeros tienen el derecho de solicitar asistencia especial, adaptada a sus necesidades específicas, ya sea por una discapacidad permanente o por una movilidad reducida temporal. AENA, la entidad responsable en España, se encarga de proporcionar este servicio en los aeropuertos, beneficiando no solo a personas con discapacidad permanente, sino también a ancianos, mujeres embarazadas, personas no autosuficientes, y familias con niños pequeños.
En situaciones de retraso o cancelación de vuelos, las aerolíneas están obligadas a priorizar el transporte de pasajeros con discapacidad o movilidad reducida, de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1107/2006 de la UE. Esta normativa asegura que estos pasajeros puedan acceder a los servicios aéreos europeos en condiciones comparables a las de cualquier otro ciudadano, garantizando su derecho a la libre circulación y la no discriminación.
Asistencia en cada etapa del viaje
La asistencia que pueden recibir estos pasajeros incluye ayuda para facturar, desplazarse por el aeropuerto, y embarcar y desembarcar del avión. También se les ofrece trato prioritario en los servicios, y pueden viajar acompañados por una persona o un perro de asistencia, siempre que se notifique a la aerolínea con antelación.
Las aerolíneas recomiendan que los pasajeros informen sobre sus necesidades de asistencia al menos 48 horas antes del viaje. En vuelos de larga distancia, si el pasajero requiere ayuda para tareas específicas como la administración de medicamentos o para comer, la aerolínea puede solicitar que viaje acompañado.
Derechos en caso de retraso o cancelación
En caso de retrasos o cancelaciones, los pasajeros con discapacidad o movilidad reducida tienen derecho a la misma información y asistencia que los demás viajeros, incluyendo comida, bebida, alojamiento en caso de retrasos nocturnos, y compensaciones financieras. Además, se debe priorizar la reubicación en vuelos alternativos para estos pasajeros.
Si estos derechos son vulnerados, los pasajeros pueden presentar una queja ante la aerolínea o el operador aeroportuario, y reclamar una indemnización por los daños o molestias sufridos.